Del TLC con Estados Unidos al Metro de la 80. O de como expropiar con lo ancho para el gringo y lo estrecho para el colombiano.

El pasado 15 de mayo se cumplieron 11 años de la firma del TLC con Estados Unidos. El aniversario ha coincidido con las movilizaciones ciudadanas que se vienen adelantando en Medellín contra las indignas condiciones de expropiación impuestas por la Alcaldía de Daniel Quintero a los habitantes de la zona en la que se ejecutarán las obras del llamado Metro Ligero de la Carrera 80.

Aparte de la arbitrariedad consistente en forma antitécnica en que se están haciendo los avalúos ordenados por el bufón que hoy funge como burgomaestre de la otrora tacita de plata, que será objeto de otra columna, miren la aberrante discriminación de la que son víctimas estos ciudadanos, al comparar el trato que se les da, con el que reciben los inversionistas extranjeros al tenor del TLC con EEUU. La legislación nacional para el caso, está estipulada en el denominado descuento del anuncio del proyecto, definido en el parágrafo 1, del artículo 61 de la Ley 388 de 1999. (1)

Voy a usar un símil bastante sencillo para entender lo que significa esa disposición; el caso muy conocido de expropiaciones de terrenos para construir hidroeléctricas. Quien posee una rastrojera, como llamarían coloquialmente, un predio que solo sirve para cultivar precariamente algunos productos de pancoger, recibiría como pago expropiatorio, el valor de una rastrojera; no el que resultaría al considerar el uso futuro de su modesta finca.

Evidentemente sería muy diferente si se valorara como tierra apta para ser inundada por una alcancía de aguaceros, como llamaban los abuelos a una represa para generar energía, que, al venderse en un mercado cautivo, producirá fabulosas ganancias. Creo que esta última valoración es la correcta, pero eso hace parte de otra discusión.

Pero observen esta barbaridad. Si esa misma rastrojera fuera propiedad de un inversionista extranjero, en virtud de los dispuesto en el TLC firmado con Estados Unidos hace 11 años, se le pagaría a precio de hidroeléctrica, ¡de alcancía de aguaceros! Miren lo que dispone el TLC al respecto en su artículo 10.7:

Expropiación e Indemnización.

  1. Ninguna de las Partes puede expropiar ni nacionalizar una inversión cubierta, sea directa o indirectamente mediante medidas equivalentes a la expropiación o nacionalización (“expropiación”), salvo que sea: a) Por motivos de propósito público; …………………….

Y ojo a esto:

  1. La indemnización referida en el párrafo 1 deberá:
  2. Ser equivalente al valor de mercado que tenga la inversión expropiada inmediatamente antes de que la expropiación se haya llevado a cabo (“fecha de expropiación”);
  3. No reflejará ningún cambio en el valor debido a que la intención de expropiar se conoció con antelación a la fecha de expropiación; y

Ver en https://www.tlc.gov.co/TLC/media/media-TLC/Documentos/Capitulo-Diez_1.pdf

Es decir, al avalúo del míster, al revés de al colombiano, NO se le descontará el monto correspondiente a la plusvalía o mayor valor generado por el anuncio del proyecto; por lo que en el caso del Metro Ligero de la 80, las casas de los colombianos se pagarán al precio de casa la víspera de ser anunciado el proyecto, pero si fueran a expropiar un inversionista gringo, se le pagará a precio de suelo para Metro Ligero, o de vivienda al lado del Metro. No sobra reiterar que los avalúos tramposos de Quintero, no llegan ni siquiera al precio de las propiedades antes del anuncio del proyecto, asunto que como dije, trataré en otro escrito.

No me queda duda, y espero que a ustedes tampoco, que esta es una prueba del aberrante e indignante trato privilegiado que se da a los inversionistas extranjeros en el TLC con Estados Unidos. Es más, evidencia que ni siquiera les brindan el denominado trato nacional pregonado por quienes defienden la necesidad de atraer capital foráneo a cualquier costo.

Esa quimera queda desvirtuada. Si el tal libre comercio propende por dar trato nacional a los capitales foráneos, pues lo más elemental sería que se les apliquen las mismas normas que a los colombianos. Pero no es así, usureros y especuladores del gran capital financiero monopolista disfrutan de ventajas vedadas para nosotros, los de aquí.

Parodiando a Orwell, eneste TLC, quedamos todos iguales, pero ellos más iguales que nosotros. Por eso, y para que todos seamos iguales de verdad, estoy preguntando ¿Qué tal si en el caso concreto del Metro de la 80 de Medellín, la Alcaldía les otorgara a los vecinos que tuvieron la desgracia de vivir y trabajar en sitios que se requieren para la obra, el mismo trato que el TLC estableció para los inversionistas extranjeros?

Pero no puedo dejar por fuera un interrogante final: ¿no es esta indignante discriminación una razón más para exigir #TLCRenegociacionYa?

  • Al valor comercial al que se refiere el presente artículo, se le descontará el monto correspondiente a la plusvalía o mayor valor generado por el anuncio del proyecto u obra que constituye el motivo de utilidad pública para la adquisición, salvo el caso en que el propietario hubiere pagado la participación en plusvalía o la contribución de valorización; según sea del caso.

Medellín, mayo 31 de 2023



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